Perfil de Ingreso

De conformidad al Art. 13 de Reglamento de Régimen Académico y Art. 82 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), para el ingreso a las instituciones de educación superior se requiere:

a) Poseer título de bachiller o su equivalente, de conformidad con la Ley; y,
b) En el caso de las instituciones de educación superior públicas, haber cumplido los requisitos normados por el Sistema de Nivelación y Admisión, el mismo que observará los principios de igualdad de oportunidades, libertad de elección de carrera e institución y de méritos.
Las instituciones del Sistema de Educación Superior aceptarán los títulos de bachilleres obtenidos en el extranjero, reconocidos o equiparados por el Ministerio de Educación.